Shulján Aruj
Código de Leyes Judías
Selección de Leyes
Shulján Aruj. Joshén Mishpat 348
(1) La Torá prohibe robar hasta en lo más mínimo. También está prohibido hacerlo en broma o con la intención de devolver el objeto, o dar el pago doble impuesto a un ladrón, o bien sea, con el fin de angustiar a otra persona.
(2) Quien roba aunque sea el valor de una prutá viola el mandamiento negativo: "No robarás" (Levítico 19:11) y está obligado a devolver lo robado. Dicha prohibición se aplica tanto en el robo a un judío como a un gentil; a un adulto o a un menor.
(3) ¿Quién es un ladrón (ganáv)?
Alguien quien toma dinero de otro secretamente. Pero cuando lo toma abierta y públicamente es un usurpador (gazlán).
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