Shulján Aruj
Código de Leyes Judías

Selección de Leyes

Shulján Aruj. Yoré Deá 253

(1) Quien tiene alimento para dos comidas, no tomará del comedor de beneficencia; si tiene alimento para catorce comidas no tomará tzedaká y si tiene doscientos zuz y no comercia con ellos, o tiene cincuenta zuz y comercia con ellos, no tomará tzedaká. Si tiene doscientos zuz faltándole un dinar y no comercia con ellos, aun si le dan mil zuz de una vez, los recibirá. Si posee mucho pero está endeudado o está comprometido por la ketubá de su esposa, tomará tzedaká. Si tiene casa y muchos objetos para el hogar y no tiene doscientos zuz, éste tomará (de la Beneficencia) y no necesita vender elementos de su casa, aun siendo de plata y oro. ¿A qué se refiere?, a utensilios para comer y beber, vestidos, y objetos de cama y todo lo que se desprende de ello, pero una almohaza o pestillo (debido a que son utensilios para moler comida los puede vender) de plata, los venderán y no tomarán tzedaká. ¿Cuándo no se obliga a vender objetos de uso particular de oro y plata? Todo el tiempo que toma en secreto de particulares y no necesita del Fondo de la Tzedaká, pero si viene a pedir de la Caja de la Tzedaká, no se le dará hasta que venda los utensilios de oro y plata.

(2) Hay quienes dicen que no se enseñaron estas lecciones sino solo para esos tiempos. Pero en estos días, puede tomar hasta que tenga un capital para que se mantenga a sí mismo y a su familia de las ganancias, y es algo que tiene sentido.

(3) Quien tiene tierras, si las vende en tiempo de lluvias, las venderá a bajo precio, y si las deja hasta los días de sol, las venderá por su precio; no se le obligará a vender, sino que se le alimentará con el diezmo de los pobres hasta la mitad de la suma, y no se le forzará a vender hasta el momento adecuado. Si las demás personas venden caro y él no encuentra quien la compre sino a precio bajo porque saben que está necesitado y preocupado, no se le obliga a vender, sino que comerá del diezmo de los pobres hasta que pueda vender a buen precio y que todos sepan que no está forzado a vender.

(4) Un dueño de casa que va de un lugar a otro y se le acabó el dinero en el camino y no tiene para comer, pedirá tzedaká y cuando regrese a su casa no debe (pagar).


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