Rambam - Halajot

Selección de Leyes

Rambam. Leyes de las Bases de la Torá. Capítulo 6,1

(1) Todo lo que complementa al Nombre del Eterno, antes de Él, se permite borrar; como por ejemplo: la Lámed, de "para el Eterno", o la Bet, de "con Di-s", y casos afines, pues dichas letras no tienen santidad como las del Nombre de Di-s. Mas todo lo que se agrega al Nombre de Di-s, después de él, como por ejemplo: la terminación ja, de "tu Di-s", o jem, de "vuestro Di-s", y expresiones semejantes, no se deben borrar, pues son como el resto del Nombre del Eterno, por cuanto que el Nombre de Di-s las santifica. Y a pesar de que se santificaron y se prohibe borrarlas, el que borrase estas letras no se le flagela (con los latigazos especificados en la Torá) pero se lo castiga con el azote que reciben los rebeldes (ordenado por los Rabinos).

(2) Si escribió la Alef, y la Lámed, de "Elohim"; la Yod y la He del nombre de Di-s, no las puede borrar, y no es necesario mencionar que si ya escribió Yod-He (del Tetragrámaton), pues estas dos letras son en sí un Nombre de Di-s, por cuanto que son parte del Nombre Esencial de Di-s. Pero el que escribe Shin Dálet del Omnipotente (Shadái), o Tzadi Bet de "Legiones" (Tzevaot), las puede borrar.

(3) Los demás nombres con los cuales se alaba al Santo Bendito Es, como por ejemplo: Misericordioso, Clemente, Grandioso, Poderoso, Temible, Fidedigno, Celoso, Fuerte y expresiones similares, se consideran sus letras como el resto de las palabras de las escrituras sagradas y se permite borrarlas.


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