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Rambam - Halajot



Selección de Leyes



Rambam. Leyes de las Bases de la Torá, capítulo 5,5

(1) La persona que transgrede con premeditación y alevosía cualquiera de los preceptos de la Torá, sin compulsión, sino por desdén o para provocar enojo, está profanando el Nombre Divino. Por ello, fue dicho sobre un falso juramento: "... porque entonces profanando el Nombre de tu Di-s. Yo soy el Eterno" (Levítico 19:12). Y si transgredió ante diez testigos judíos, ha profanado públicamente el Nombre Divino. Por el contrario, quien se abstuviere de una transgresión o cumpla un precepto, no por interés mundano, ni por temor, ni por honor, sino únicamente por causa del Creador, como hizo Yosef el justo al abstenerse de acercarse a la esposa de su amo, santifica el Nombre Divino.

(2) Hay otros actos que están considerados profanación del Nombre Divino, cuando son realizados por personas que gozan de prestigio por ser eruditas en la Torá y conocidas como piadosas; cualquier acto que provoque la crítica pública, aunque no se consideran pecados, son considerados como profanación del Nombre Divino; como quien realiza una compra y no la paga inmediatamente, teniendo el dinero, provocando que el vendedor reclame dicho pago y el comprador se lo postergue. O si se excede en burlas o en comida y bebida, cuando es invitado a un lugar donde también se encuentran personas burdas. O cuando no es amable con las personas y las recibe a regañadientes y de mal humor. Según el nivel de sabiduría del estudioso, así debe ser de estricto, más allá de lo exigido por la ley.








Rambam. Leyes de las Bases de la Torá, capítulos 5-6.

(1) Y así, si un Sabio es estricto consigo mismo, habla amablemente con la gente y es partícipe con ellos y los recibe con cara alegre. Es ofendido por ellos y no los ofende; los respeta y honra incluso a quienes lo humillan. Es honesto en sus negocios. No suele reunirse con gente burda. Y no se lo ve siempre, sino ocupado en el estudio de la Torá, envuelto en tzizit y coronado con los tefilín, y hace todas sus acciones más estrictas de lo exigido por la ley, todo lo hace sin aislarse mucho, y consecuentemente todos lo elogian y aman, y quieran imitar sus acciones. Esta persona santifica el Nombre del Eterno. Sobre él dice la Escritura: "Eres Mi siervo, Israel, en quien seré glorificado" (Isaías 49:3).

(2) Quien destruye cualquiera de los Consagrados Nombres Puros que denominan al Eterno, de acuerdo a la Torá recibe la pena de azotes. Pues dice con respecto a la idolatría: "... y eliminaréis sus nombres de ese lugar. No hagáis lo mismo con el Eterno tu Di-s" (Deuteronomio 12:3-4).

(3) Sus nombres son siete: el Nombre que se escribe yud kei vav kei, que es su nombre esencial, o que se escribe Adon-ai, E-l, Elo-a, Elo-im, (Ei-e), Sha-dai y Tzeva-ot. Quien borre aunque sea una letra de estos nombres será castigado con azotes.








Rambam. Leyes de las Bases de la Torá, capítulo 6,1

(1) Todo lo que complementa al Nombre del Eterno, antes de Él, se permite borrar; como por ejemplo: la Lámed, de "para el Eterno", o la Bet, de "con Di-s", y casos afines, pues dichas letras no tienen santidad como las del Nombre de Di-s. Mas todo lo que se agrega al Nombre de Di-s, después de él, como por ejemplo: la terminación ja, de "tu Di-s", o jem, de "vuestro Di-s", y expresiones semejantes, no se deben borrar, pues son como el resto del Nombre del Eterno, por cuanto que el Nombre de Di-s las santifica. Y a pesar de que se santificaron y se prohibe borrarlas, el que borrase estas letras no se le flagela (con los latigazos especificados en la Torá) pero se lo castiga con el azote que reciben los rebeldes (ordenado por los Rabinos).

(2) Si escribió la Alef, y la Lámed, de "Elohim"; la Yod y la He del nombre de Di-s, no las puede borrar, y no es necesario mencionar que si ya escribió Yod-He (del Tetragrámaton), pues estas dos letras son en sí un Nombre de Di-s, por cuanto que son parte del Nombre Esencial de Di-s. Pero el que escribe Shin Dálet del Omnipotente (Shadái), o Tzadi Bet de "Legiones" (Tzevaot), las puede borrar.

(3) Los demás nombres con los cuales se alaba al Santo Bendito Es, como por ejemplo: Misericordioso, Clemente, Grandioso, Poderoso, Temible, Fidedigno, Celoso, Fuerte y expresiones similares, se consideran sus letras como el resto de las palabras de las escrituras sagradas y se permite borrarlas.








Rambam. Leyes de las Bases de la Torá, capítulo 6,2

(1) Un objeto donde está escrito el Nombre Divino, éste debe ser recortado y guardado en un lugar para escrituras sagradas (Guenizá). Aunque el Nombre esté grabado en un objeto de metal o de vidrio y lo derritió, recibirá pena de azotes. También si tiene el Nombre tatuado en su cuerpo, no debe lavarse, ni untarse, ni tampoco debe estar en un lugar con suciedad. Si tiene que cumplir el precepto de inmersión, se atará una venda sobre el Nombre y se sumergirá, si no tiene una venda puede cubrirlo con su ropa, pero sin apretarla contra el cuerpo para que no divida el Nombre. Esto fué dicho porque está prohibido pararse desnudo ante el Nombre Divino.

(2) Quien arranca de manera destructiva, aunque sea una piedra del altar, o del Arca Sagrada, o del resto del Recinto del Templo recibirá pena de azote, pues dice con respecto a la idolatría: "Y destruiréis sus altares" (Deuteronomio 12:3). Y está escrito: "No se conduzcan así con el Eterno vuestro Di-s" (ibíd. 12:4). Similarmente, quien quema a propósito madera del Templo recibirá pena de azote, como está escrito: "Y quemaréis sus árboles idolatrados" (ibíd. 12:3). Y dice: "No se conduzcan así con el Eterno vuestro Di-s" (ibíd. 12:4).

(3) Está prohibido quemar o destruír cualquier escritura sagrada, también sus comentarios y explicaciones, quien la transgreda recibirá pena de azotes que reciben los rebeldes (ordenado por los Rabinos). ¿A qué se refiere esto? A las escrituras sagradas, escritas con santidad por un judío piadoso, pero un Rollo de la Torá escrito por un negador de la fé debe ser quemado junto con los Nombres Sagrados que contiene, porque éste no cree en el Nombre del Eterno y no lo escribió en función de su Santidad, sino que él piensa que es como un texto laico, siendo así esa escritura no se santifico y es mitzvá quemarla para que no se conserve el nombre del negador y sus obras, pero cuando el Nombre fue escrito por un gentil debe guardarse. Igualmente las escrituras sagradas deterioradas o las escritas por un gentil deben guardarse.








Rambam. Leyes de las Bases de la Torá, capítulo 6,3

(1) Todos los nombres del Eterno mencionados junto a Abraham son sagrados. Aún el que dice: "Ado-nai, si he encontrado gracia a Tus ojos" (Génesis 18:3) es sagrado. Todos los nombres mencionados junto a Lot son profanos excepto el siguiente: "¡No! ¡Por favor Ado-nai, he aquí que Tu siervo ha hallado gracia... al hacer vivir mi alma" (ibíd. 19:18-19). Todos los nombres relacionados con Givat Biniamín (Jueces 21) son sagrados, pero no lo son aquellos que se refieren a Mijá (Jueces 17-18). Todos los nombres mencionados sobre Navot son sagrados. Cada vez que en el Cantar de los Cantares se menciona el nombre "Shlomó" es sacro y se considera como uno de los nombres del Eterno, excepto el siguiente: "... Las mil son para tí Shlomó ..." (Cantares 8:12). Cada vez que se menciona la palabra "rey" en relación a Daniel es profano, con excepción de: "Tú, oh Rey, Rey de reyes" (Daniel 2:37) considerándose este como uno de los nombres del Todopoderoso.






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