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Shulján Aruj
Código de Leyes Judías



Selección de Leyes



Shulján Aruj. Yoré Deá 248

(1) Todos están obligados de dar tzedaká. Aún una persona pobre, que él mismo subsiste de la tzedaká, debe dar de lo que le dan a él. Si alguien da menos de lo que es apropiado para él dar, el tribunal rabínico le obliga y lo azota por su desobediencia hasta que él dé lo que ellos valoraron que debe dar. Así mismo confiscan su propiedad en su presencia y toman la cantidad que él debe dar.

(2) Se puede dar en depósito para dar tzedaká, inclusive en la víspera de Shabat.

(3) A los huérfanos no se les obliga adar tzedaká, aún para redimir a cautivos, aunque ellos tengan mucho dinero, a menos que sea para su honor, para que su reputación se expanda.

(4) Los que están a cargo de reunir la tzedaká no deben aceptar de mujeres, de esclavos, ni de los niños, a menos que sea una cantidad pequeña. Pero no una cantidad grande, no ocurra que sea sin permiso, ¿cuánto sería considerado una cantidad pequeña? Depende de la riqueza o la pobreza del propietario de la casa. Esto se aplica cuando no se expresó de otro modo, pero si el propietario de la casa objeta, está prohibido aceptar cualquier cantidad por pequeña que sea.








Shulján Aruj. Yoré Deá 249

(1) Hay ocho niveles en la caridad, cada uno más alto que el otro. El nivel más alto, que no tiene otro encima de él, el que sostiene a un judío indigente y le da un obsequio o un préstamo, o hace sociedad con él, o le encuentra un trabajo para sostenerlo que no necesite ayuda de otra gente y que no pida. Acerca de esto se dice, "le apoyarás" (Levítico 25:35).

(2) Debajo de este, es uno que da la caridad al pobre, pero no sabe a quien él da, y el hombre pobre no sabe de quien él recibe, parecido a este caso es uno que da a un fondo de caridad. Pero una persona no debe dar a un fondo de caridad a menos que esté enterado que la persona a cargo de él, es confiable y sabe cómo conducirlo apropiadamente.

(3) Debajo de este es, si el donante sabe a quien él da pero el hombre pobre no sabe de quien él toma. Por ejemplo, los grandes Sabios que iban secretamente y tiraban las monedas en las puertas de los pobres. Y de esta forma es apropiado hacer, y es un acto virtuoso, si los que están a cargo de caridad no se comportan apropiadamente.

(4) Debajo de este está, si el hombre pobre sabe de quien él toma pero el donante no sabe a quien él da. Por ejemplo, los Sabios que ataban las monedas en sus pañuelos y los tiraban detrás de ellos, y el pobre venía y los tomaban, para que ellos no se avergüencen.

(5) Debajo de este es, él que da en la mano del pobre antes que él pida.

(6) Debajo de este es, si le da apropiadamente después que él le pide.

(7) Debajo de este es, si le da menos de lo apropiado, pero le da alegremente.

(8) Debajo de este es, si lo da a regañadientes. (Rama: De todos modos, uno no debe jactarse acerca de la caridad que él da. Y si él se jacta, no sólo que no es recompensado, sino que es castigado aún por eso. Sin embargo, si alguien da algo por caridad, le es permitido escribir su nombre para que sea como un recuerdo para él, y es correcto hacer así).








Shulján Aruj. Yoré Deá 253

(1) Quien tiene alimento para dos comidas, no tomará del comedor de beneficencia; si tiene alimento para catorce comidas no tomará tzedaká y si tiene doscientos zuz y no comercia con ellos, o tiene cincuenta zuz y comercia con ellos, no tomará tzedaká. Si tiene doscientos zuz faltándole un dinar y no comercia con ellos, aun si le dan mil zuz de una vez, los recibirá. Si posee mucho pero está endeudado o está comprometido por la ketubá de su esposa, tomará tzedaká. Si tiene casa y muchos objetos para el hogar y no tiene doscientos zuz, éste tomará (de la Beneficencia) y no necesita vender elementos de su casa, aun siendo de plata y oro. ¿A qué se refiere?, a utensilios para comer y beber, vestidos, y objetos de cama y todo lo que se desprende de ello, pero una almohaza o pestillo (debido a que son utensilios para moler comida los puede vender) de plata, los venderán y no tomarán tzedaká. ¿Cuándo no se obliga a vender objetos de uso particular de oro y plata? Todo el tiempo que toma en secreto de particulares y no necesita del Fondo de la Tzedaká, pero si viene a pedir de la Caja de la Tzedaká, no se le dará hasta que venda los utensilios de oro y plata.

(2) Hay quienes dicen que no se enseñaron estas lecciones sino solo para esos tiempos. Pero en estos días, puede tomar hasta que tenga un capital para que se mantenga a sí mismo y a su familia de las ganancias, y es algo que tiene sentido.

(3) Quien tiene tierras, si las vende en tiempo de lluvias, las venderá a bajo precio, y si las deja hasta los días de sol, las venderá por su precio; no se le obligará a vender, sino que se le alimentará con el diezmo de los pobres hasta la mitad de la suma, y no se le forzará a vender hasta el momento adecuado. Si las demás personas venden caro y él no encuentra quien la compre sino a precio bajo porque saben que está necesitado y preocupado, no se le obliga a vender, sino que comerá del diezmo de los pobres hasta que pueda vender a buen precio y que todos sepan que no está forzado a vender.

(4) Un dueño de casa que va de un lugar a otro y se le acabó el dinero en el camino y no tiene para comer, pedirá tzedaká y cuando regrese a su casa no debe (pagar).







Shulján Aruj. Yoré Deá 257

(1) La caridad es considerada una promesa. Por lo tanto, si alguien dice: “Me comprometo a dar un sela para fines de caridad” o “Esta sela es para fines de caridad”, está obligado a entregarlo inmediatamente. Si se demora, viola la prohibición de: “Sin demora” (Deuteronomio 23:22), porque podía haberlo hecho enseguida, pues es fácil encontrar gente pobre. En caso de no estar un pobre cerca, deberá apartar el dinero hasta que lo encuentre. Esto se aplica específicamente al dinero apartado para caridad sin precisar, aunque debe estar disponible para entregarlo poco a poco, o como le parezca más conveniente. Si en el momento que promete o designa su contribución para fines de caridad pone como condición que las instituciones de beneficencia pueden cambiarla y convertirla en oro, está permitido.

(2) Debemos ser cuidadosos de no hacer promesas; quien se encuentra entre un grupo de personas que se comprometen a dar caridad, lo hará diciendo: “Sin promesa”.

(3) La institución recaudadora de fondos de caridad de la comunidad no está obligada a ayudar a un pobre que tenga familiares ricos que pueden mantenerlo, aun cuando los mismos también sean contribuyentes de dicho fondo de caridad.

(4) La persona no debe dar toda su caridad a un solo pobre, o a un familiar y rechazar a los otros.

(5) La persona encargada de distribuir el dinero de caridad debe tener cuidado de no dar más a sus familiares que a los demás.







Shulján Aruj. Yoré Deá 335

(1) Visitar al enfermo es una obligación. Los familiares y amigos deben ir de inmediato, y los más distantes, después de tres días. Pero cuando la enfermedad le vino repentinamente, tanto los unos como los otros irán inmediatamente.

(2) Una persona importante tiene obligación de visitar al de menos importancia. Se debe ir hasta varias veces al día, incluso personas de la misma edad deben de visitar al enfermo, ya que el que lo visita le quita al enfermo una sesentava parte de su enfermedad. Quien más visita, más mérito tiene, siempre que no lo agobie.

(3) El visitante no debe sentarse en la cama, sino sentarse con respeto ante el enfermo, ya que la Divina Presencia se encuentra sobre la cabecera de su cama.

(4) No se visita al enfermo durante las tres primeras horas del día, porque su gravedad disminuye, y el visitante no estará motivado a pedir misericordia para él. Tampoco debe hacerlo durante las tres últimas horas del día, porque entonces su enfermedad se agudiza, y el visitante perderá las esperanzas de pedir piedad para él.





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